Las normas
y procedimientos de tipo reglamentario, tienen un rango inferior a la ley, sin
embargo, mantienen su carácter vinculante, por lo que, sus regulaciones deben
ser acatadas, tanto por las personas empleadoras como por las personas
trabajadoras.
Además, los
reglamentos en materia de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente del
Trabajo, deben ser considerados entorno al Ordenamiento Jurídico costarricense,
por cuanto forman parte integral de la Legislación General Laboral.