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La seguridad en el mundo del trabajo

 

"No has visto y oído acaso como mueren en tan poco tiempo, cuando aún tenían tanta vida por delante..."

Bernardinus Ramazzinus

 

Uno de los principales campos de acción de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo o Trabajo Decente es precisamente la Seguridad Laboral. Dicha disciplina combina un conjunto de métodos y técnicas que aplican los profesionales en gestión de prevención de riesgos laborales en los centros de trabajo y actividades laborales; por medio de la identificación, análisis, valoración cuali-cuantitativa y control sobre todos aquellos factores de riesgos que pueden desencadenar un incidente, accidente en el proceso y centro de trabajo.

 

Dentro del contexto jurídico costarricense y en particular el artículo 196 del Código de Trabajo refiere textualmente ¨se denomina accidente de trabajo a todo accidente que le suceda al trabajador, como causa de la labor que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del patrono o sus representantes y que puede producirle la muerte o pérdida o reducción temporal o permanente de la capacidad para el trabajo ¨.

 

Al ser los accidentes del trabajo desde el punto de vista técnico-preventivo sucesos anormales, acontecimientos repentinos, no queridos ni deseados, que se presentan de manera brusca e inesperada dentro de las estructuras organizacionales de los centros de trabajo, siendo a su vez normalmente evitables, estos pueden llevar a la persona trabajadora a estados patológicos establecidos en el numeral 223 del Código de Trabajo:

 

a)       Incapacidad temporal: ante la pérdida de facultades o aptitudes que le imposibilite a la persona trabajadora desempeñar el trabajo por algún tiempo.

 

b)       Incapacidad menor permanente: causa la disminución de las facultades o aptitudes para el trabajo, consistentes en una pérdida de su capacidad orgánica o funcional que va del 0.5% al 50% inclusive.

 

c)       Incapacidad parcial permanente: causa la disminución de las facultades o aptitudes para el trabajo, consistentes en una pérdida de su capacidad orgánica o funcional, igual o mayor al 50% pero inferior al 67%.

 

d)       Incapacidad total permanente: causa la disminución de las facultades o aptitudes para el trabajo, consistentes en una pérdida de su capacidad orgánica o funcional, igual o superior al 67%.

 

e)       Gran invalidez: ocurre cuando el trabajador ha quedado con incapacidad total permanente y además requiere de la asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida como caminar, vestirse y comer.

 

f)        Muerte.

 

De ahí que la seguridad laboral cuenta con técnicas generales y específicas para reducir el impacto adverso  en la salud de la población trabajadora, productividad  y continuidad de las actividades en el menor tiempo posible.

 

 

En nuestro medio los accidentes de trabajo se siguen concentrando en actividades productivas tales como: la industria, agricultura y construcción sin dejar de lado los restantes sectores de la vida productiva. De ahí que se hace necesario este espacio de consulta técnica para coadyuvar en la reducción de las lesiones producto del trabajo.

 

 

 

Además, usted puede consultar la siguiente dirección web para obtener más información desde la enciclopedia de la OIT.

 

O consultar las Normas  Técnicas de Prevención lNSST .

 

 

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